Congreso de la República del Perú
| Congreso de la República del Perú | |
|---|---|
| País | Perú |
| Tipo | Bicameral |
| Cámaras | Senado (60) Cámara de Diputados (130) |
| Total de miembros | 190 |
| Duración del mandato | 5 años |
| Fundación | 20 de septiembre de 1822 (primer Congreso Constituyente) 26 de julio de 1995 (unicameral) 26 de julio de 2026 (bicameral restablecido) |
| Presidente del Senado | Miguel Torres Morales[sin verificar] (desde el 26 de julio de 2026) |
| Presidente de la Cámara de Diputados | Óscar Reto (desde el 26 de julio de 2026) |
| Sede | Palacio Legislativo, Plaza Bolívar, Lima |
| Sitio web | www.congreso.gob.pe |
1. Resumen[editar]
El Congreso de la República del Perú es el órgano que ejerce el poder legislativo en el Perú. Desde el 26 de julio de 2026 funciona como parlamento bicameral, compuesto por el Senado (60 senadores) y la Cámara de Diputados (130 diputados), lo que da un total de 190 legisladores. Su sede es el Palacio Legislativo, ubicado frente a la Plaza Bolívar, en el centro histórico de Lima.
Se trata de uno de los parlamentos más antiguos de América Latina. Su antecedente directo, el Congreso Constituyente de 1822, se instaló el 20 de septiembre de aquel año, pocos meses después de la proclamación de la independencia. Durante la mayor parte de su historia republicana, el Perú contó con un Congreso bicameral, salvo un paréntesis de más de tres décadas: entre 1992 y 2026 rigió una cámara única, establecida tras el autogolpe de Estado del presidente Alberto Fujimori. La reforma constitucional aprobada en 2024 restauró el modelo de dos cámaras, que entró en vigor con las elecciones generales de abril de 2026.
Las atribuciones del Congreso incluyen la aprobación, modificación y derogación de leyes, la aprobación del presupuesto público y de los tratados internacionales, el control político sobre el Poder Ejecutivo y, desde la restauración bicameral, la elección de altos funcionarios y magistrados. En el diseño actual, la Cámara de Diputados aprueba las propuestas normativas y ejerce el control político, mientras que el Senado revisa y sanciona las leyes, además de concentrar buena parte de las designaciones constitucionales.
2. Naturaleza constitucional[editar]
2.1. Bicameralidad actual[editar]
La organización vigente del Congreso está regulada por el artículo 90 de la Constitución Política de 1993, modificado por la reforma constitucional que restableció la bicameralidad. El texto actual dispone que el poder legislativo reside en el Congreso de la República, conformado por el Senado y la Cámara de Diputados.
El Senado cuenta con un mínimo de sesenta integrantes, elegidos por un período de cinco años. Al menos uno de ellos corresponde a cada circunscripción electoral, mientras que los restantes se eligen por distrito único electoral nacional. La Cámara de Diputados tiene un mínimo de ciento treinta integrantes. La Presidencia del Congreso recae de manera alternada en los presidentes de cada cámara.[1]
2.2. Composición del Senado[editar]
El Senado se compone de 60 escaños. De ellos, 30 se eligen en circunscripciones departamentales individuales: Lima dispone de cuatro representantes y los demás departamentos, de uno cada uno. Los 30 restantes se eligen por representación proporcional en distrito único nacional, con un umbral electoral del 5%[sin verificar].[2]
2.3. Composición de la Cámara de Diputados[editar]
La Cámara de Diputados está integrada por 130 miembros, elegidos íntegramente por representación proporcional con listas abiertas y el sistema D'Hondt. El padrón electoral define la distribución de escaños entre 27 circunscripciones electorales, que incluyen los departamentos, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Lima, las provincias de Lima y un distrito especial para los peruanos residentes en el extranjero.[3]
2.4. Distribución de escaños en 2026[editar]
Para las elecciones parlamentarias de 2026, la distribución de escaños de la Cámara de Diputados fue la siguiente:
| Escaños | Circunscripciones |
|---|---|
| 32 | Lima |
| 7 | La Libertad, Piura |
| 6 | Arequipa, Cajamarca |
| 5 | Áncash, Cusco, Junín, Lambayeque, Puno |
| 4 | Callao, Ica, Lima Provincias, Loreto, San Martín |
| 3 | Ayacucho, Huánuco, Ucayali |
| 2 | Amazonas, Apurímac, Huancavelica, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Tacna, Tumbes, Residentes en el Extranjero |
La suma de los escaños de la tabla es 130 y coincide con el número de diputados.
3. Organización del Congreso[editar]
La organización parlamentaria se rige por el Reglamento del Congreso de la República, cuyo artículo 31 establece los órganos principales del parlamento: el Pleno, el Consejo Directivo, la Presidencia, la Mesa Directiva, las comisiones y los grupos parlamentarios. A ellos se suma la Comisión Permanente, que actúa durante los recesos y en los interregnos parlamentarios.[4]
3.1. Pleno[editar]
El Pleno es la máxima asamblea deliberativa del Congreso. En él se debaten y votan todos los asuntos previstos por las normas constitucionales, legales y reglamentarias, y se realizan los actos propios de la función legislativa.
3.2. Consejo Directivo[editar]
El Consejo Directivo está integrado por los miembros de la Mesa Directiva y por los representantes de los grupos parlamentarios, denominados directivos-portavoces. Procura guardar proporcionalidad con la distribución de escaños del Pleno. Entre sus funciones están adoptar acuerdos para el desarrollo de actividades del Congreso, aprobar el presupuesto y la cuenta general de la institución antes de presentarlos al Pleno, aprobar la agenda del Pleno y fijar los tiempos de debate.
3.3. Presidencia[editar]
La Presidencia representa al Congreso y preside las sesiones del Pleno, de la Comisión Permanente y de la Mesa Directiva. Dirige los debates y las votaciones conforme a ley, firma con uno de los vicepresidentes las autógrafas de las leyes nacionales y ejerce la facultad de promulgar leyes por insistencia, de acuerdo con el artículo 108 de la Constitución. De conformidad con el artículo 33 del Reglamento, la presidencia se alterna anualmente entre el presidente del Senado y el de la Cámara de Diputados, y el primer período anual lo preside el presidente del Senado.[5]
3.4. Mesa Directiva[editar]
La Mesa Directiva es responsable de la dirección administrativa del Congreso y de los debates del Pleno, de la Comisión Permanente y del Consejo Directivo. Ejerce también la representación oficial del parlamento en actos protocolares.
3.5. Comisiones[editar]
Las comisiones son grupos de trabajo especializados y pueden ser ordinarias, de investigación o especiales. Estudian los proyectos de ley, emiten dictámenes y desarrollan labores de control político.
3.6. Comisión Permanente[editar]
La Comisión Permanente es presidida por el presidente del Congreso y la conforman al menos veinte congresistas elegidos por el Pleno, manteniendo la proporcionalidad de los grupos parlamentarios. Ejerce funciones constitucionales durante el funcionamiento ordinario del Congreso, en su receso e incluso en el interregno parlamentario derivado de la disolución del Congreso.
3.7. Grupos parlamentarios[editar]
Los grupos parlamentarios son conjuntos de congresistas que comparten ideas o intereses comunes o afines. Se conforman de acuerdo con los partidos o alianzas de partidos que logran representación cuando reúnen más de seis parlamentarios. Tras las elecciones, los congresistas pueden cambiar de grupo, formar uno nuevo o volverse independientes según lo deseen.
4. Funciones[editar]
4.1. Atribuciones generales del Congreso[editar]
El artículo 102 de la Constitución Política asigna al Congreso las siguientes atribuciones generales:
- Emitir leyes y resoluciones legislativas, así como interpretar, modificar o derogar las existentes.
- Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes.
- Aprobar tratados.
- Autorizar empréstitos y operaciones de deuda pública.
- Ejercer el derecho de amnistía.
- Aprobar la demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo.
- Aprobar o modificar su reglamento.
- Ejercer las demás atribuciones que la Constitución y la función legislativa le confieren.
4.2. Atribuciones del Senado[editar]
El Senado concentra una parte significativa del poder parlamentario y, a diferencia de la Cámara de Diputados, no puede ser disuelto por el Ejecutivo.[6] Sus atribuciones incluyen:
- Aprobar, modificar o rechazar las propuestas legislativas remitidas por la Cámara de Diputados.
- Elegir al Defensor del Pueblo con el voto de los dos tercios del número legal de sus miembros y, en su caso, removerlo por falta grave con la misma votación.
- Designar al Contralor General de la República y, en su caso, removerlo por falta grave.
- Elegir a los magistrados del Tribunal Constitucional con el voto de los dos tercios del número legal de sus miembros.
- Elegir a tres directores del Banco Central de Reserva y ratificar la designación de su presidente con mayoría absoluta, así como removerlos por falta grave con la misma votación.
- Ratificar al superintendente de banca, seguros y administradoras privadas de fondos de pensiones.
- Autorizar al Presidente de la República para salir del país.
- Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras al territorio nacional, siempre que no afecte la soberanía nacional.
- Revisar los decretos de urgencia dictados por el Ejecutivo durante el interregno parlamentario.
- Ejercer control sobre los decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados y decretos de régimen de excepción.
- Aprobar los tratados señalados en el artículo 56 antes de su ratificación por el Presidente de la República.
- Ejercer las demás atribuciones que le corresponden por ley.
4.3. Atribuciones de la Cámara de Diputados[editar]
La Cámara de Diputados cumple principalmente funciones de primera aprobación legislativa y de control político. Sus atribuciones son:
- Aprobar las propuestas normativas que serán remitidas al Senado.
- Interpelar y censurar a los ministros de Estado.
- Otorgar o rechazar la cuestión de confianza planteada por iniciativa ministerial.
- Conformar comisiones investigadoras para iniciar investigaciones.
- Ejercer las demás atribuciones que la Constitución y la ley le señalen.
5. Historia[editar]
5.1. Orígenes y primer Congreso Constituyente (1822-1829)[editar]
Tras la proclamación de la independencia del Perú en 1821, el general José de San Martín convocó elecciones para instalar un congreso constituyente encargado de definir la organización política del nuevo Estado y redactar su primera constitución. El Congreso se instaló el 20 de septiembre de 1822, bajo la presidencia de Francisco Xavier de Luna Pizarro.
La primera constitución peruana, promulgada el 12 de noviembre de 1823 durante el mandato de José Bernardo de Tagle, definió al Congreso como depositario exclusivo del ejercicio del poder legislativo. Sin embargo, esa carta fue suspendida por el propio Congreso, que había otorgado facultades dictatoriales a Simón Bolívar. Bolívar promovió después una Constitución Vitalicia que proponía tres cámaras —tribunos, senadores y censores—, pero no llegó a regir. La constitución de 1823 fue restablecida el 11 de junio de 1827, poco antes de ser reemplazada por la Constitución de 1828.
El 31 de agosto de 1829 se instaló el primer Congreso bicameral peruano. Andrés Reyes y Buitrón fue elegido presidente del Senado y Juan Antonio Távara, presidente de la Cámara de Diputados. La Constitución de 1834 creó el cargo de Presidente del Congreso, de alternancia anual entre los presidentes de ambas cámaras.[7]
5.2. Congreso bicameral (1829-1992)[editar]
La bicameralidad establecida en 1828 se mantuvo, salvo el paréntesis de la Confederación Perú-Boliviana, en todas las constituciones peruanas hasta 1992. El funcionamiento del parlamento fue interrumpido en reiteradas ocasiones por golpes de Estado, guerras civiles y gobiernos militares.
A mediados del siglo XIX, el clérigo y pensador Bartolomé Herrera propuso ampliar los poderes del Senado con un carácter corporativo, proyecto que no fue aceptado por la comisión encargada de redactar la constitución.[8]
En 1956 se eligió por primera vez a nueve mujeres parlamentarias: Irene Silva de Santolalla, María Mercedes Colina Lozano de Gotuzzo, María Eleonora Silva y Silva, Juana Ubilluz de Palacios, Lola Blanco Montesinos de La Rosa Sánchez, Alicia Blanco Montesinos de Salinas, Manuela C. Billinghurst López, Matilde Pérez Palacio Carranza y Carlota Ramos de Santolaya.[9]
En 1968, el general Juan Velasco Alvarado dio un golpe de Estado contra el presidente Fernando Belaúnde Terry y disolvió el Congreso. La institución permaneció cerrada hasta 1978, cuando el presidente de facto Francisco Morales Bermúdez convocó elecciones para una Asamblea Constituyente. Esa asamblea, presidida por Víctor Raúl Haya de la Torre, tuvo mayorías del Partido Aprista Peruano y del Partido Popular Cristiano.
La Constitución de 1979 estableció que el Congreso se compondría de dos cámaras: un Senado de 60 miembros y una Cámara de Diputados de 180. Fijó un mandato de cinco años para ambas y reconoció la elección simultánea de los poderes Ejecutivo y Legislativo, además de la facultad presidencial de disolver la Cámara de Diputados, pero no el Senado. Bajo esta carta funcionaron tres legislaturas ordinarias: 1980-1985, 1985-1990 y 1990-1992.
5.3. Autogolpe y Congreso unicameral (1992-2026)[editar]
El 5 de abril de 1992, Alberto Fujimori disolvió el Congreso mediante un autogolpe de Estado, con el objetivo de neutralizar a sus opositores del Partido Aprista y del Frente Democrático. Tras ello, el Congreso aprobó leyes elaboradas por el Ejecutivo sin contrapeso efectivo. Ante la presión internacional, en 1993 se convocó al Congreso Constituyente Democrático, que sancionó la Constitución de 1993, vigente en sus lineamientos fundamentales hasta la actualidad.
La nueva carta fusionó las dos cámaras en una sola de 120 congresistas, posteriormente ampliada a 130 en 2011. El presidente del Congreso pasó a ser elegido anualmente. En 1995, Martha Chávez se convirtió en la primera mujer peruana en ejercer la presidencia del Congreso.
Tras la caída del fujimorismo en 2000, se debatió la posibilidad de restituir la Constitución de 1979, pero ello nunca se concretó. Distintos juristas, constitucionalistas y organizaciones políticas plantearon reformas al Poder Legislativo, entre ellas la eliminación del voto preferencial y el retorno a la bicameralidad. Los defensores de la reforma —entre ellos el APRA, el PPC y Acción Popular— sostenían que un Congreso bicameral permitiría una mejor representación y una revisión más rigurosa de las leyes. Los detractores argumentaban que implicaría mayor presupuesto y que no solucionaba el descrédito que, según encuestas, convertía al Congreso en una de las instituciones con menor apoyo popular del país.[10]
En julio de 2018, tras el escándalo de los CNM Audios, el presidente Martín Vizcarra propuso un conjunto de reformas constitucionales, entre ellas el retorno a la bicameralidad. El Congreso aprobó el proyecto, pero fue rechazado en el referéndum de diciembre de ese año luego de que el mandatario exhortara a la ciudadanía a votar en contra, al considerar que la propuesta facilitaba indirectamente la reelección parlamentaria.
5.4. Disolución de 2019 y crisis política[editar]
El 30 de septiembre de 2019, Vizcarra disolvió constitucionalmente el Congreso después de que se le negara por segunda vez una cuestión de confianza. La medida se amparó en el artículo 134 de la Constitución, que habilita al presidente a disolver el Parlamento y convocar elecciones congresales cuando este ha negado la confianza a dos Consejos de Ministros. El Tribunal Constitucional ratificó la constitucionalidad de la disolución, lo que dio lugar a las elecciones congresales extraordinarias de 2020 para completar el período 2016-2021.
Durante el período parlamentario 2021-2026, en medio de una prolongada crisis política, el autodenominado Bloque Democrático aprobó diversas normas criticadas por debilitar el equilibrio de poderes y la autonomía del sistema de justicia. En 2025, Human Rights Watch advirtió que varias de esas medidas afectaban la independencia del Poder Judicial y del Ministerio Público y obstaculizaban las investigaciones sobre corrupción y crimen organizado.[11]
Además, durante ese período se consolidó un debate sobre la aplicación de la «vacancia por incapacidad moral permanente», figura que permite al Congreso destituir al presidente de la República sin una causal claramente definida. Críticos del diseño aseguraron que, en la práctica, esto otorgaba al Poder Legislativo más poder que al Ejecutivo.
5.5. Restablecimiento de la bicameralidad (2026-presente)[editar]
En noviembre de 2023 el Congreso aprobó en primera votación una reforma constitucional para restablecer el sistema bicameral. La reforma fue ratificada en segunda votación en marzo de 2024. El nuevo diseño entró en vigencia tras las elecciones generales del 12 de abril de 2026.
La organización actual contempla una Cámara de Diputados de 130 miembros y un Senado de 60 integrantes. Ambos cuerpos son elegidos por un período de cinco años, con posibilidad de reelección inmediata. Los diputados se eligen íntegramente por representación proporcional. El Senado combina 30 escaños departamentales —Lima elige cuatro y los demás departamentos uno— con 30 escaños de representación proporcional nacional.
El 27 de julio de 2026 se instaló el período parlamentario 2026-2031, el primero del nuevo Congreso bicameral. La Presidencia del Congreso quedó a cargo, en su primer tramo, del presidente del Senado, en aplicación de la regla de alternancia.
6. Sedes[editar]
Durante el siglo XIX, el parlamento peruano tuvo dos sedes. La Cámara de Diputados sesionaba en el antiguo local virreinal de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, mientras que la Cámara de Senadores lo hacía en la sede del extinto Tribunal de la Santa Inquisición. Ambos espacios se ubicaban en la actual Plaza Bolívar, antes denominada Plaza de las Tres Virtudes, del Congreso o de la Inquisición. Tras la demolición del antiguo local sanmarquino y la construcción del Palacio Legislativo actual, ambas cámaras comenzaron a reunirse en una sede común.
Desde el siglo XX, el Congreso tiene su sede en el Palacio Legislativo del Perú, en el centro de Lima, frente a la Plaza Bolívar y a escasas cuadras al este del Palacio de Gobierno. El edificio alberga tanto la sede del Senado como la de la Cámara de Diputados.
Recientemente se inauguró una nueva sede legislativa destinada específicamente a las comisiones de trabajo y a otras labores del Parlamento. El edificio fue bautizado con el nombre del líder aprista Víctor Raúl Haya de la Torre.
La fachada principal del Palacio Legislativo lleva en sus puertas exteriores, en tamaño significativo y color dorado, las letras C N, que aluden al nombre histórico Congreso Nacional del Perú.[12]
7. Biblioteca del Congreso[editar]
La Biblioteca del Congreso de la República César Vallejo es la biblioteca legislativa nacional. Su principal tarea es apoyar la labor de los congresistas y archivar todo el material producido por el Congreso. Su sede se encuentra en el Edificio Fernando Belaúnde Terry.
8. Sesiones y régimen laboral[editar]
8.1. Legislaturas ordinarias[editar]
El Congreso celebra dos legislaturas ordinarias al año. Históricamente, la primera transcurría del 27 de julio al 15 de diciembre, y la segunda, del 1 de abril al 31 de mayo. Con la Constitución de 1993 se volvieron más flexibles los plazos de las legislaturas y el régimen de sesiones extraordinarias. La Comisión Permanente permite que el Congreso continúe legislando durante los recesos.
Los congresistas pueden votar de manera presencial o virtual, y aun quienes se encuentran con licencia parlamentaria pueden interrumpirla para votar. Esta regla fue confirmada por el exoficial mayor del Congreso, José Cevasco, y refleja la voluntad de evitar que las licencias alteren la correlación de fuerzas en el Pleno.[13]
8.2. Salario y bonificaciones[editar]
El sueldo básico de un congresista peruano es de S/ 15 600 mensuales. A 2024, contaban además con una bonificación mensual de S/ 11 000 por concepto de «función congresal» y un bono de S/ 2 800 por semana de representación. Estas asignaciones solo se entregan cuando el parlamentario cumple efectivamente las actividades de representación departamental; su percepción indebida puede configurar un delito de peculado.[14]
Los asesores parlamentarios reciben un sueldo que depende del tipo de contratación del representante. Para 2022, se estimaba entre S/ 10 000 y S/ 10 924, con un adicional de S/ 200 por semana de representación.[15]
Un estudio de 2008 calculó que, sin considerar la política de austeridad, un congresista podía acumular al año alrededor de doce sueldos de S/ 10 300, dos gratificaciones del mismo importe, gratificaciones por escolaridad y vacaciones, depósitos por CTS y varios abonos de S/ 16 000 por servicios de despacho, además de S/ 2 000 mensuales por viajes. El cálculo total ascendía a aproximadamente S/ 1 650 000 anuales, equivalentes entonces a medio millón de dólares.[16]
9. Medios de comunicación[editar]
El Congreso peruano administra dos medios de comunicación institucionales. El primero es una señal de televisión, Congreso TV, que opera desde 2005. El segundo es una radio en línea, Radio Congreso Perú, que funciona desde 2012. El parlamento también mantiene cuentas institucionales en diversas redes sociales.
10. Lista de congresos y periodos parlamentarios[editar]
Desde la instalación del primer Congreso Constituyente, el Perú ha tenido 43 congresos y 15 asambleas constituyentes, según el registro del propio Congreso. El período parlamentario de cinco años comenzó a aplicarse recién en 1895.
La siguiente tabla resume los hitos parlamentarios principales. Se han omitido algunos congresos menores y asambleas paralelas para hacer legible la lista; el registro completo puede consultarse en la publicación oficial Congresos del Perú.[17]
[ Desplegar / Plegar ]
| N.° | Denominación | Instalación | Clausura |
|---|---|---|---|
| ― | Congreso Constituyente de 1822 | 20 de septiembre de 1822 | 10 de marzo de 1825 |
| ― | Congreso Constituyente de 1826 | no entró en funciones | no entró en funciones |
| ― | Congreso Constituyente de 1827 | 4 de junio de 1827 | 16 de junio de 1828 |
| I | Congreso de 1829 | 31 de agosto de 1829 | 20 de diciembre de 1829 |
| II | Congreso de 1831 | 27 de abril de 1831 | 26 de septiembre de 1831 |
| III | Congreso de 1832 | 30 de julio de 1832 | 22 de diciembre de 1832 |
| ― | Convención Nacional de 1833 | 12 de septiembre de 1833 | 11 de agosto de 1834 |
| ― | Congreso General de Huancayo | 15 de agosto de 1839 | 12 de julio de 1840 |
| IV | Congreso de 1845-1848 | 16 de abril de 1845 | 9 de marzo de 1848 |
| V | Congreso de 1849-1850 | 16 de junio de 1849 | 26 de marzo de 1850 |
| VI | Congreso de 1851 | 20 de marzo de 1851 | 25 de julio de 1851 |
| VII | Congreso de 1851-1852 | 28 de julio de 1851 | 25 de febrero de 1852 |
| VIII | Congreso de 1853 | 28 de julio de 1853 | 17 de noviembre de 1853 |
| ― | Convención Nacional de 1855 | 14 de julio de 1855 | 2 de noviembre de 1857 |
| IX | Congreso de 1858-1859 | 12 de octubre de 1858 | 25 de mayo de 1859 |
| ― | Congreso Constituyente de 1860 | 14 de julio de 1860 | 15 de noviembre de 1860 |
| X | Congreso de 1860-1861 | 16 de noviembre de 1860 | 25 de mayo de 1861 |
| XI | Congreso de 1862-1865 | 28 de julio de 1862 | 1 de febrero de 1865 |
| ― | Congreso Constituyente 1867 | 15 de febrero de 1867 | 15 de noviembre de 1867 |
| XII | Periodo parlamentario 1868-1871 | 28 de julio de 1868 | 30 de enero de 1871 |
| XIII | Periodo parlamentario 1872-1876 | 28 de julio de 1872 | 10 de julio de 1876 |
| XIV | Congreso de 1876-1879 | 28 de julio de 1876 | 18 de mayo de 1879 |
| XV | Congreso de 1879-1881 | 28 de julio de 1879 | 23 de agosto de 1881 |
| XVI | Congreso de Arequipa | 28 de abril de 1883 | 20 de junio de 1883 |
| XVII | Congreso de 1886-1889 | 30 de mayo de 1886 | 26 de julio de 1889 |
| XVIII | Congreso de 1889-1891 | 28 de julio de 1889 | 25 de octubre de 1891 |
| XIX | Congreso de 1892-1894 | 28 de julio de 1892 | 25 de octubre de 1894 |
| XX | Periodo parlamentario 1895-1900 | 30 de agosto de 1895 | 25 de octubre de 1900 |
| XXI | Periodo parlamentario 1901-1906 | 28 de julio de 1901 | 12 de diciembre de 1906 |
| XXII | Periodo parlamentario 1907-1912 | 28 de julio de 1907 | 23 de diciembre de 1912 |
| XXIII | Periodo parlamentario 1913-1918 | 28 de julio de 1913 | 9 de diciembre de 1918 |
| XXIV | Periodo parlamentario 1919-1924 | 29 de diciembre de 1919 | 11 de octubre de 1924 |
| XXV | Periodo parlamentario 1924-1929 | 12 de octubre de 1924 | 11 de octubre de 1929 |
| XXVI | Periodo parlamentario 1929-1934 | 12 de octubre de 1929 | 25 de agosto de 1930 |
| ― | Congreso Constituyente de 1931 | 8 de diciembre de 1931 | 7 de diciembre de 1936 |
| XXVII | Periodo parlamentario 1939-1945 | 8 de diciembre de 1939 | 27 de julio de 1945 |
| XXVIII | Periodo parlamentario 1945-1948 | 28 de julio de 1945 | 2 de noviembre de 1948 |
| XXIX | Periodo parlamentario 1950-1956 | 28 de julio de 1950 | 27 de julio de 1956 |
| XXX | Periodo parlamentario 1956-1962 | 28 de julio de 1956 | 24 de julio de 1962 |
| XXXI | Periodo parlamentario 1963-1968 | 28 de julio de 1963 | 3 de octubre de 1968 |
| ― | Asamblea Constituyente de 1978 | 28 de julio de 1978 | 13 de julio de 1979 |
| XXXII | Periodo parlamentario 1980-1985 | 28 de julio de 1980 | 7 de junio de 1985 |
| XXXIII | Periodo parlamentario 1985-1990 | 28 de julio de 1985 | 31 de mayo de 1990 |
| XXXIV | Periodo parlamentario 1990-1992 | 27 de julio de 1990 | 5 de abril de 1992 |
| ― | Congreso Constituyente Democrático | 5 de enero de 1993 | 24 de julio de 1995 |
| XXXV | Periodo parlamentario 1995-2000 | 28 de julio de 1995 | 13 de julio de 2000 |
| XXXVI | Periodo parlamentario 2000-2001 | 28 de julio de 2000 | 15 de junio de 2001 |
| XXXVII | Periodo parlamentario 2001-2006 | 28 de julio de 2001 | 13 de julio de 2006 |
| XXXVIII | Periodo parlamentario 2006-2011 | 28 de julio de 2006 | 16 de junio de 2011 |
| XXXIX | Periodo parlamentario 2011-2016 | 27 de julio de 2011 | 16 de junio de 2016 |
| XL | Periodo parlamentario 2016-2021 | 27 de julio de 2016 | 30 de septiembre de 2019 |
| XLI | Congreso Extraordinario de 2020 | 16 de marzo de 2020 | 16 de julio de 2021 |
| XLII | Periodo parlamentario 2021-2026 | 27 de julio de 2021 | 26 de julio de 2026 |
| XLIII | Periodo parlamentario 2026-2031 | 27 de julio de 2026 | En funciones |
Las fechas reflejan la información difundida por el Congreso y pueden incluir sesiones de instalación, recesos y clausuras formales que no siempre coinciden con la continuidad real de los trabajos parlamentarios. Varios congresos del siglo XIX se desarrollaron en medio de guerras civiles y ocupaciones, lo que explica superposiciones y paralelismos en el listado.
11. Véase también[editar]
Entre los temas relacionados con el Congreso peruano figuran la Presidencia del Congreso de la República del Perú, el Senado de la República del Perú, la Cámara de Diputados del Perú, el Congreso Constituyente Democrático, la Constitución Política del Perú de 1993 y la política del Perú.
La alternancia anual entre el presidente del Senado y el de la Cámara de Diputados proviene de la Constitución de 1834 y fue recogida nuevamente en el reglamento parlamentario de 2026. ↩︎
El umbral del 5 % aparece en la legislación electoral peruana para las elecciones parlamentarias de 2026, aunque el porcentaje exacto conviene verificarlo en las normas de la ONPE y del Jurado Nacional de Elecciones. ↩︎
La existencia de un distrito electoral para los peruanos en el exterior es una particularidad del sistema peruano, que asigna escaños a los electores residentes fuera del país. ↩︎
La Comisión Permanente preserva funciones del Congreso durante el receso e incluso en el interregno derivado de una disolución parlamentaria, lo que le otorga un papel clave en momentos de crisis. ↩︎
La regla de que el primer período anual lo presida el presidente del Senado evita conflictos entre cámaras al inicio de cada legislatura. ↩︎
La imposibilidad de disolver el Senado es una de las razones por las que algunos juristas lo consideran la cámara dominante dentro del nuevo diseño constitucional peruano. ↩︎
El primer Congreso Constituyente funcionó entre 1822 y 1825, período durante el cual el Perú atravesó la transición de la independencia a la organización republicana. ↩︎
Herrera planteaba un senado integrado por representantes de la administración pública, la judicatura, la Iglesia, el ámbito militar, los propietarios, los mineros, los comerciantes y quienes hubieran sido representantes en tres períodos. La propuesta no prosperó. ↩︎
La elección de 1956 marcó un hito en la representación política femenina del Perú, ampliando la presencia de mujeres en el Congreso antes del cierre del período democrático de los años sesenta. ↩︎
Diversas encuestas del período 2000-2020 situaron al Congreso peruano entre las instituciones públicas con menor aprobación, lo que alimentó el debate sobre su reforma estructural. ↩︎
La advertencia de Human Rights Watch se produjo en el contexto de los proyectos legislativos peruanos que, según la organización, favorecían indirectamente al crimen organizado, un señalamiento que fue recogido por diversos medios peruanos. ↩︎
El uso de las siglas C N en las puertas del Palacio Legislativo ha dado lugar a cierta ambigüedad con el nombre oficial actual de la institución. ↩︎
La posibilidad de votar incluso cuando se está con licencia ha generado debate sobre la práctica parlamentaria peruana y la flexibilidad del reglamento. ↩︎
Los montos de las asignaciones han variado en el tiempo. El sueldo básico de S/ 15 600 corresponde a la información de 2022; conviene verificar su vigencia en 2026. La asignación por representación se incrementó de S/ 7 617 a S/ 11 000 en 2024. ↩︎
Los sueldos de los asesores parlamentarios han sido objeto de escrutinio público por su carga sobre el presupuesto del Congreso. ↩︎
La cifra de S/ 1 650 000 anuales corresponde a un ejercicio académico de 2008 y puede no reflejar los ingresos actuales de un congresista. ↩︎
El Congreso ofrece en su portal institucional una relación completa de presidentes y períodos parlamentarios desde 1822, incluyendo asambleas constituyentes y congresos cuya enumeración no siempre es lineal. ↩︎