Bandera de España
| Bandera de España | |
|---|---|
| ROJIGUALDA | |
| Territorio | España |
| Uso | Bandera nacional y pabellón naval |
| Proporción | 2:3 |
| Adopción | 28 de mayo de 1785 (pabellón naval) 13 de octubre de 1843 (todas las Fuerzas Armadas) 5 de octubre de 1981 (última modificación del escudo) |
| Colores | Rojo y amarillo gualda |
| Diseñador | Antonio Valdés y Fernández Bazán |
| Variante sin escudo | Definida por el artículo 4.1 de la Constitución de 1978 |
La bandera de España, conocida también como la Rojigualda, es la enseña nacional del Reino de España. Está formada por tres franjas horizontales: roja, amarilla y roja, siendo la franja amarilla de doble anchura que cada una de las franjas rojas. El diseño actual tiene su origen en el pabellón naval adoptado por real decreto de Carlos III el 28 de mayo de 1785. A lo largo de su historia, la bandera ha mantenido los colores rojo y amarillo, con la única interrupción de la Segunda República (1931-1939), período en el que fue sustituida por una bandera tricolor.
La bandera puede incorporar el escudo de España en la franja amarilla central. Dicha variante es obligatoria en edificios de la Administración del Estado, sedes de los órganos constitucionales, instalaciones militares, misiones diplomáticas y otros supuestos establecidos por ley. El escudo ha cambiado varias veces desde 1785; el modelo actual fue aprobado el 5 de octubre de 1981.
1. Resumen[editar]
La bandera de España es uno de los símbolos del Estado español, junto con el escudo y el himno nacional. Su descripción constitucional es breve: «La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas». Esa fórmula, incluida en el artículo 4.1 de la Constitución española de 1978, no menciona el escudo. La incorporación del escudo se regula por la Ley 39/1981, de 28 de octubre, que permite su inclusión en la franja amarilla y la exige en determinados casos.
El nombre popular «rojigualda» proviene de la combinación de los colores: rojo y amarillo gualda, término este último usado históricamente para describir el color amarillo de la enseña. Con el tiempo, la palabra «amarillo» se ha ido imponiendo en el lenguaje oficial y jurídico, en parte por una enmienda introducida durante el proceso constituyente por Camilo José Cela.[1]
La proporción oficial de la bandera es de 2:3. La franja central amarilla tiene una anchura igual a la mitad del ancho total de la bandera; las dos franjas rojas ocupan una cuarta parte cada una. El escudo, cuando se incluye, debe tener una altura de dos quintos de la anchura de la bandera y figurar en ambas caras, centrado en la franja amarilla.
La larga vigencia de los colores rojo y amarillo ha convertido a la Rojigualda en un elemento central de la identidad simbólica española. Su origen naval, su consolidación militar y su posterior adopción como bandera nacional son reflejo del proceso de construcción del Estado español contemporáneo.
2. Historia[editar]
2.1 Antecedentes y primeras enseñas[editar]
Los antecedentes de la bandera nacional se remontan a las enseñas usadas por los ejércitos romanos en la península ibérica y, más tarde, por los visigodos. Sin embargo, el concepto moderno de bandera, formada por un paño ligero y flexible, solo se difundió en la península tras la expansión islámica, cuando se introdujeron tejidos como la seda para confeccionar estandartes. Durante la Edad Media, los estandartes y guiones representaban sobre todo a reyes, linajes o corporaciones militares, y no propiamente a naciones o territorios.
Con la unión dinástica de los Reyes Católicos y la sucesión de sus herederos, empezaron a convivir distintos emblemas territoriales. Entre los siglos XVI y XVII, la cruz de Borgoña se convirtió en uno de los símbolos más reconocibles de las fuerzas españolas, especialmente de los tercios. La cruz, formada por aspas rojas sobre paño blanco o amarillo, apareció en numerosas banderas militares y navales de la Monarquía Hispánica.
2.2 El pabellón borbónico[editar]
Con la llegada de la casa de Borbón en 1700, se impuso en los pabellones navales el paño blanco con las armas reales. El blanco era un color dinástico compartido con otras monarquías borbónicas, como Francia, Nápoles o Sicilia. Esta coincidencia generaba problemas de identificación en el mar: a larga distancia o con viento escaso, los buques españoles podían confundirse con los de otras naciones.
Las ordenanzas navales de 1748, promulgadas por Fernando VI, reconocían provisionalmente el uso de la bandera blanca con el escudo real, pero dejaban abierta la posibilidad de cambiarla. La necesidad de una enseña claramente distinguible se hizo cada vez más evidente.
2.3 El real decreto de 1785[editar]
Para resolver el problema, el rey Carlos III encargó a Antonio Valdés y Fernández Bazán, secretario de Estado y del Despacho de Marina, la elaboración de una nueva bandera naval. El gabinete de Valdés presentó al monarca una lámina con doce modelos, agrupados en tres filas. La primera fila empleaba el rojo y el amarillo; la segunda sustituía el amarillo por el blanco; la tercera presentaba composiciones con cruces.
Carlos III seleccionó un diseño de tres listas horizontales: la alta y la baja de color encarnado, cada una de una cuarta parte de la anchura total, y la lista central amarilla. El escudo real quedaba reducido a dos cuarteles: Castilla y León, coronado, colocado en la franja amarilla. Para la marina mercante se adoptó una variante sin escudo, con la franja central amarilla de un tercio de la anchura y las dos restantes divididas en listas iguales encarnadas y amarillas alternativamente.
El real decreto de 28 de mayo de 1785 estableció además un calendario de entrada en vigor: en los mares del norte de Europa hasta el paralelo de Tenerife y en el Mediterráneo a partir del 1 de enero de 1786; en la América septentrional desde principios de julio del mismo año; y en los demás mares desde el 1 de enero de 1787.
El nuevo diseño cumplía tres objetivos: reducir la confusión con las banderas blancas borbónicas, mejorar la visibilidad en condiciones meteorológicas adversas y diferenciar claramente los buques de guerra de los mercantes. Algunos autores han interpretado también los colores rojo y amarillo como una fusión de la simbología de la Corona de Aragón y del reino de Castilla, con el escudo castellano sobre los colores aragoneses.[2]
2.4 Del siglo XVIII a la Primera República[editar]
La rojigualda se extendió progresivamente desde el ámbito naval a los castillos, plazas marítimas y cuarteles. Las Ordenanzas Generales de la Armada de 1793 ordenaron que el pabellón nacional ondeara en las plazas marítimas, sus castillos, arsenales y astilleros. Durante la guerra de Independencia (1808-1814), los colores rojo y amarillo adquirieron una fuerte carga patriótica y fueron adoptados por el pueblo, por la Milicia Nacional y por las Cortes de Cádiz.
En 1843, el decreto de 13 de octubre, impulsado por el gobierno de Joaquín María López, unificó las banderas y estandartes del Ejército, la Armada y la Milicia Nacional. A partir de entonces, todas las fuerzas armadas usaron los mismos colores y orden de franjas que la bandera de guerra española. La bandera dejó de ser exclusivamente naval y se convirtió en la enseña común del Estado.
Durante la Primera República (1873-1874), los colores de la bandera se mantuvieron sin alteración. Sí se modificó el escudo, del que se suprimieron los símbolos monárquicos. En ese período no se produjo una ruptura cromática con la bandera borbónica anterior.
2.5 La Segunda República[editar]
La proclamación de la Segunda República en 1931 supuso la introducción de una nueva bandera tricolor: roja, amarilla y morada, con tres franjas horizontales de igual anchura. El cambio fue regulado por decreto de 27 de abril de 1931. El escudo republicano se situaba en el centro de la franja amarilla.
La bandera republicana coexistió durante la Guerra Civil (1936-1939) con la bandera rojigualda, que fue adoptada de nuevo por el bando sublevado a partir del 29 de agosto de 1936. Inicialmente se mantuvo el escudo republicano; luego se introdujeron modelos sucesivos, con el Águila de San Juan, en 1938, 1945 y 1977.
2.6 Franquismo y Transición[editar]
Durante la dictadura franquista, la rojigualda fue la bandera oficial de Estado. El escudo sufrió modificaciones en 1938, 1945 y 1977. Tras la muerte de Franco y durante la Transición, el modelo de 1977 sustituyó el águila de San Juan por un diseño más cercano al actual. La Constitución de 1978 fijó la descripción de la bandera sin escudo. Finalmente, el escudo constitucional fue aprobado el 5 de octubre de 1981, y la Ley 39/1981 reguló su uso y colocación.
A partir de 1981, la bandera de España ha permanecido sin cambios en sus colores y franjas. El escudo actual se mantiene vigente desde entonces, sin haberse vuelto a modificar.
3. Diseño y especificaciones[editar]
3.1 Proporciones y colores[editar]
La bandera de España se define como un rectángulo con proporción 2:3. Las tres franjas horizontales se distribuyen de la siguiente manera:
- Franja superior: roja, con una anchura equivalente a una cuarta parte de la anchura total.
- Franja central: amarilla, con una anchura equivalente a la mitad de la anchura total.
- Franja inferior: roja, con una anchura equivalente a una cuarta parte de la anchura total.
Esta disposición, en la que la franja central tiene el doble de anchura que cada una de las extremas, se conoce como «franja española».
Los colores oficiales fueron fijados por el Real Decreto 441/1981, de 27 de febrero, que especificó técnicamente los valores colorimétricos con base en los informes del Servicio de Normalización Militar y del Instituto de Racionalización y Normalización (IRANOR). Según esa norma, los colores de la bandera son:
[ Desplegar / Plegar especificaciones de colores ]
| Color | Denominación oficial | Tono H* (CIELAB) | Croma C* (CIELAB) | Claridad L* (CIELAB) | sRGB aproximado |
|---|---|---|---|---|---|
| Rojo | Rojo bandera | 35° | 70 | 37 | (207, 0, 0) |
| Amarillo | Amarillo gualda bandera | 85° | 95 | 80 | (249, 182, 0) |
En la práctica, diversas administraciones y guías oficiales ofrecen valores ligeramente diferentes. La Guía de comunicación digital para la Administración General del Estado propone para la bandera un rojo con código hexadecimal #AD1519 y un amarillo #FABD00, con equivalencias en cuatricromía. Esa guía no tiene carácter prescriptivo, pero sirve de referencia para aplicaciones digitales y documentales.[3]
3.2 El escudo y su inclusión[editar]
El escudo de España no aparece descrito en la Constitución. Su diseño y uso se regulan por la Ley 33/1981, de 5 de octubre, que lo describe en términos heráldicos, y por el Real Decreto 2964/1981, de 18 de diciembre, que publica el modelo oficial. El Real Decreto 2267/1982, de 3 de septiembre, especifica técnicamente los colores del escudo.
Según la legislación vigente, el escudo tendrá una altura de dos quintos de la anchura de la bandera y figurará en ambas caras, centrado en la franja amarilla. En una bandera de proporción normal 2:3, el eje del escudo se colocará a una distancia de la vaina igual a la mitad de la anchura de la bandera. Si la bandera es cuadrada o de longitud menor a la normal, el escudo se situará en el centro geométrico.
La variante con escudo es obligatoria en:
- Edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial, insular y municipal.
- Sedes de los órganos constitucionales del Estado y de los órganos centrales de la Administración del Estado.
- Edificios públicos militares, acuartelamientos, buques, aeronaves y otros establecimientos de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad del Estado.
- Locales de misiones diplomáticas y oficinas consulares, residencias de sus jefes y, en su caso, medios de transporte oficiales.
Fuera de esos supuestos, la utilización de la variante con escudo está permitida, pero no es obligatoria.
3.3 Críticas heráldicas[editar]
Algunos heraldistas e historiadores han criticado el diseño del escudo oficial por carecer de cierta ortodoxia heráldica. Las críticas suelen referirse a la representación de elementos como las cadenas de Navarra, el león rampante o la corona, así como a la composición general del modelo aprobado en 1981.[4] Estas observaciones no afectan, sin embargo, a la vigencia legal del escudo.
4. Protocolo y uso[editar]
La Ley 39/1981 establece que la bandera de España debe ocupar siempre un lugar destacado, visible y de máximo honor. Cuando se utilice junto a otras banderas, ninguna podrá tener mayor tamaño que la Rojigualda.
En caso de número impar de banderas que ondeen juntas, la de España ocupará la posición central. En caso de número par, la bandera española se situará a la izquierda del observador, en la posición más honorable de las dos centrales. Si ondea junto a banderas de otras naciones, estas se ordenarán alfabéticamente según el idioma del país anfitrión.
La ley regula también las infracciones y sanciones por el uso indebido de la bandera. El Código Penal tipifica el ultraje a España y a sus símbolos, incluida la bandera. Ese marco jurídico ha sido objeto de debates sobre los límites entre la protección de los símbolos y la libertad de expresión.[5]
5. Otras banderas vigentes[editar]
Además de la bandera nacional, en España existen otras banderas y distintivos oficiales derivados del mismo diseño. Entre ellos se incluyen:
- Bandera de proa, tajamar o torrotito: usada por la Armada Española, basada en la bandera nacional con colores y proporciones específicos.
- Pabellón de embarcaciones de recreo: versión simplificada para yates y embarcaciones deportivas.
- Pabellón del Servicio de Vigilancia Aduanera: enseña propia de este servicio, con colores y emblemas característicos.
- Pabellón para Correos Marítimos: usado por los buques que transportan correspondencia.
- Bandera de unidad militar: empleada por las unidades del Ejército de Tierra.
- Estandarte del rey de España: bandera personal del monarca.
- Estandarte de la princesa de Asturias: bandera personal de la heredera de la Corona.
- Estandarte del rey Juan Carlos: modelado para su uso mientras fue rey emérito.
- Estandarte del presidente del Gobierno: enseña del jefe del Ejecutivo.
[ Desplegar / Plegar lista detallada de banderas vigentes ]
- Bandera nacional y pabellón de la Armada.
- Bandera sin escudo, según el artículo 4.1 de la Constitución.
- Bandera de proa o torrotito.
- Pabellón de embarcaciones de recreo.
- Pabellón del Servicio de Vigilancia Aduanera.
- Pabellón para Correos Marítimos.
- Bandera de unidad militar española.
- Estandarte del rey de España.
- Estandarte de la princesa de Asturias.
- Estandarte del rey Juan Carlos.
- Estandarte del presidente del Gobierno.
6. Banderas históricas[editar]
A lo largo de la historia se han utilizado numerosas banderas en los territorios que hoy forman España o por las instituciones que la precedieron. Algunas de las más relevantes son:
[ Desplegar / Plegar lista de banderas históricas ]
- Bandera del reino de León (versión empleada hasta el siglo XIII).
- Señal Real de Aragón, desde al menos 1150.
- Bandera de Castilla, entre 1170 y 1230.
- Estandarte de los monarcas de Navarra, desde 1212.
- Estandarte de la Corona de Castilla, desde 1230.
- Banda de Castilla, creada en 1332.
- Pendón heráldico de los Reyes Católicos, desde 1475.
- Pendón heráldico de los Reyes Católicos con granada, desde 1492.
- Bandera de la infantería de los Reyes Católicos, desde 1475.
- Cruz de Borgoña, usada por tercios y regimientos desde 1516 hasta 1843.
- Pabellón naval entre 1506 y 1701.
- Pabellón naval sencillo entre 1701 y 1785.
- Pabellón naval completo entre 1701 y 1760.
- Pabellón naval completo entre 1760 y 1785.
- Bandera de las plazas marítimas y defensas de las costas entre 1701 y 1771, y en 1793.
- Bandera mercante entre 1785 y 1927.
- Pabellón naval desde 1785 y estandarte militar entre 1843 y 1873.
- Pabellón durante la España napoleónica, entre 1808 y 1813.
- Bandera nacional de la Primera República, entre 1873 y 1874.
- Pabellón naval y bandera nacional entre 1875 y 1931.
- Bandera de la Segunda República, entre 1931 y 1939.
- Bandera del bando sublevado entre el 29 de agosto y el 13 de septiembre de 1936.
- Bandera del bando sublevado entre el 13 de septiembre de 1936 y el 2 de febrero de 1938.
- Bandera de España entre el 2 de febrero de 1938 y el 1 de abril de 1939.
- Bandera de España entre el 1 de abril de 1939 y el 11 de octubre de 1945.
- Bandera de España entre el 11 de octubre de 1945 y el 21 de enero de 1977.
- Bandera de España entre el 21 de enero de 1977 y el 5 de octubre de 1981.
7. En la cultura y curiosidades[editar]
El nombre «bandera española» también se aplica, por analogía con los colores rojigualdos, a algunas especies animales y vegetales. Entre ellas:
- Lantana camara: arbusto ornamental resistente, conocido como «bandera española» o «banderita española»; sus flores exhiben gamas que van del blanco al rosa, además del rojigualda.
- Ipomoea versicolor: trepadora ornamental nativa de México, más conocida como «vid de fuego».
- Gonioplectrus hispanus: pez de aguas caribeñas, popular en acuariofilia.
- Lophochroa leadbeateri: cacatúa abanderada, también llamada cacatúa de la bandera española, endémica de Australia.
La difusión de los colores rojo y amarillo en la vexilología hispanoamericana se asocia a veces con la herencia simbólica de la bandera española, aunque cada república desarrolló sus propios diseños y significados. Esa conexión no es oficial ni uniforme, y debe matizarse según el caso.[6]
8. Véase también[editar]
- Escudo de España
- Cruz de Borgoña
- Lista de banderas de España
- Estandarte del rey de España
- Bandera de la Segunda República Española
- Delito de ultrajes a España
Notas[editar]
La enmienda de Camilo José Cela sustituyó «gualda» por «amarillo» en el texto constitucional. El término «gualda» permanece en el habla popular, sobre todo en la denominación «rojigualda». ↩︎
La interpretación de los colores como fusión aragonesa y castellana no es unánime entre los historiadores. Algunos la consideran una racionalización posterior a 1785; otros la ven plausible en el contexto de la Monarquía compuesta borbónica. ↩︎
Los valores sRGB derivados del Real Decreto 441/1981 y los de la Guía digital no coinciden exactamente. La guía presenta colores más oscuros y saturados para su reproducción en pantalla, frente a los valores normalizados de 1981. ↩︎
Las críticas al escudo de 1981 se centran en la apariencia estilizada de algunas piezas, como la corona o las cadenas, y en la elección de formas poco habituales en la heráldica tradicional española. ↩︎
El debate sobre el ultraje a la bandera ha llegado en varias ocasiones al Tribunal Constitucional, que ha matizado los límites entre protección simbólica y libertad de expresión. ↩︎
La bandera de España ondeó en los territorios americanos de la Monarquía durante la época virreinal, pero los actuales diseños nacionales hispanoamericanos responden a procesos históricos propios y no deben considerarse derivados directos de la Rojigualda. ↩︎